Las deducciones fiscales son un plus importante en el I +D + i, ya que el Estado a través de la Agencia Tributaria bonifica a todas aquellas empresas que inviertan en el crecimiento estratégico de sus empresas a través de este tipo de inversión.
Es por ello la necesidad, de disponer de un informe motivado que te permita la deducción directa en el impuesto de sociedades. Este informe motivado es directo en el caso de ayudas públicas a través del CDTI.
En el caso de que sea proyectos de I+D+i privados podríamos encargarnos de la elaboración de un informe técnico válido para la Agencia Tributaria a través de los técnicos de Aseproal, con los que trabajamos en el bloque técnico, dada su dilata experiencia y rigor técnico.
La deducción fiscal en el impuesto de Sociedades estará entre comprendida entre los siguientes términos:
- El 25% de los gastos del período.
- El 42% del exceso de gastos que se acometan sobre la media de los gastos corrientes de los dos ejercicios anteriores.
- Y adicionalmente se podrán aumentar con una deducción del 17% de los gastos de personal afectos al I+D.
Se puede ver el enlace en la página de la Administración tributaria, donde se contempla la norma.
Podemos ayudarte en la confección de la deducción y en la defensa en caso de requerimiento por parte de la administración tributaria, para proyectos privados sin informe motivado.