Conseguir ser líder en cuanto a clínicas estéticas no es nada fácil. Y uno de los pasos clave para conseguir el éxito de tu clínica es minorizando costes, por lo que es importante saber cómo puedes ahorrar en la factura fiscal de tu empresa.
Las Clínicas de Medicina Estética tributan como porcentaje de sus rentas. Con rentas, en este caso, nos referimos a los beneficios, es decir:
La diferencia entre los ingresos (ventas, prestación de servicios, etc.) y los gastos necesarios para generar dichas ventas (compras, gastos salariales, gastos generales, etc.) durante un ejercicio. Muchas Clínicas Estéticas no conocen y tampoco están asesoradas sobre varias consideraciones a tener en cuenta de las que se pueden beneficiar para ahorrar un buen dinero en su factura fiscal.
Por ello, vamos a ayudarte sugiriendo una serie de ideas para que puedas reducir la factura fiscal.
Periodificación de ingreso
En algunos casos facturamos operaciones que no se van a realizar hasta el próximo ejercicio. Es decir, dicho ingreso podemos llevarlo al año siguiente retrasando el pago del Impuesto de Sociedades por este concepto un año. Un ejemplo claro es una factura con fecha de noviembre que el servicio va a realizar en marzo del año siguiente.
Inmovilizados de escaso valor
Si compramos inmovilizados de escaso valor, aquellos que tienen un valor inferior a 700 euros, podemos amortizarlos completamente el año de la adquisición, sin necesidad de llevarlo vía amortización año a año. Por ejemplo, máquinas centrifugadoras PRP de 500 euros.
Provisión facturas
Otro aspecto para tener en cuenta es ver si tenemos facturas vencidas con más de 6 meses a fecha de cierre del ejercicio. En este caso, la normativa nos permite dotar una provisión por el mismo importe, minorando de esta manera la base imponible del impuesto.
Bases Imponibles Negativas
Es importante ver si tenemos bases imponibles negativas de otros años, puesto que ya no hay limitación temporal y no caducan, podemos utilizarlas para compensar los beneficios de ejercicio en curso.
Deducción por Gastos de I+D+I
Hay que tener en cuenta la deducción aplicable a los gastos de investigación, desarrollo e Innovación, ya que puede llegar al 25% de los gastos efectuados por estos conceptos. Es vital tener un buen asesoramiento fiscal para aminorar lo máximo posible la carga fiscal del empresario, tan importante tener este asesoramiento en el momento de la presentación de los impuestos, como en el momento de decidir si se va a ser autónomo o sociedad, qué tipo de sociedad o con quién crearla y cómo hacerlo.
D. Felipe de Pablos
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